MANUAL DE ORIENTACION PARA USUARIOS DE OPERACIONES DE DEPOSITOS

Recomendaciones generales para la contratación de depósitos

PREVIAS A LA CONTRATACIÓN DEL PRODUCTO O SERVICIO

- DEFINA QUÉ ES LO QUE SOLICITA. Desea obtener un crédito, una tarjeta de crédito, la apertura de una cuenta de ahorro, una cuenta corriente o un depósito a plazo, algún otro tipo particular de financiamiento.

-VERIFIQUE que la entidad con la que desea contratar el producto o servicio, esté autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) para lo cual deberá CONSULTAR nuestra página de Internet, www.ssf.gob.sv/ información financiera/entidades fiscalizadas, el reporte mensual de tasas de interés, comisiones y recargos que en forma comparativa divulga la SSF en los periódicos de circulación nacional. (Art. 64, Ley de Bancos) y también puede hacerlo al teléfono No. 2223-6984. RECUERDE que la Garantía que otorga el Instituto de Garantía de Depósitos (IGD) como protección al ahorro, opera solamente en caso de entidades bancarias autorizadas por la SSF

-NO SE QUEDE CON DUDAS, pregunte al ejecutivo de cuenta, sobre cualquier término o aspecto que no le haya quedado claro, pues usted debe recibir en forma clara, veraz y oportuna toda la información y las explicaciones que usted requiera en relación con los servicios que se le ofrecen y CONFIRME haber comprendido sus Derechos y Obligaciones; asimismo, respecto de las Exclusiones y Restricciones aplicables al producto o servicio que desee contratar. (Literal g, Art.19, Ley de Protección al Consumidor)

-COMPARE, si existen diversas opciones para hacer uso de los productos o servicios; PREFIERA aquella entidad que mejor satisface sus necesidades. EVALUE las principales Ventajas y Desventajas que brinda cada una; así como las tasas de interés, comisiones y recargos que le aplicarán, de acuerdo a publicaciones en periódicos y en las carteleras de las entidades. (Literal j, Art.19, Ley de Protección al Consumidor) y también puede consulta nuestra página de Internet, www.ssf.gob.sv/lonuevo/tasadeinterés

-FIRMAS AUTORIZADAS, pregunte sobre los criterios de la entidad sobre el uso de firmas mancomunadas (aquellas donde se registran y autorizan la firma de dos personas; es decir, que en cualquier operación deben aparecer las dos firmas) o indistintas (aquellas donde se registran otras personas autorizadas; o sea, que cualquiera de ellas puede firmar) y de sus implicaciones jurídicas. RECUERDE que en todo momento puede usted incluir o cancelar firmas en operaciones de cuentas de depósitos.

CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA CUANDO REALICE OPERACIONES DE CAPTACIÓN DE DEPÓSITOS.

-GENERALMENTE cuando usted abre una cuenta de ahorros le será entregada una Tarjeta de Débito y le asignan una clave que se llama Número de Identificación Personal (PIN). Asegúrese de grabarlo en su memoria; pues es su RESPONSABILIDAD el manejo seguro de dicha clave, no se lo dé a conocer a nadie. RECUERDE que usted puede cambiarlo en cualquier momento.

-EN CASO DE REALIZAR un depósito en cheques ajenos en una cuenta de ahorros o cuenta corriente, PREGUNTE, en qué tiempo los recursos estarán disponibles, a fin de EVITAR sobregiro en la respectiva cuenta.

-CUANDO usted haga uso de los cajeros automáticos (ATM) debe RECIBIR un comprobante, el cual debe contener como mínimo, la información siguiente: Monto de la transacción, día y hora, tipo de operación, número de cuenta debitada y ubicación de la Terminal.

-LLEVE un control de saldos en el talonario de la chequera de todas las cantidades que se pagan con cheques y de las que se depositan en la cuenta corriente; a fin de evitar problemas de sobregiro.

-RECUERDE que si usted emite un cheque SIN FONDOS, le ocasionará cargo administrativo ante la entidad financiera y también puede ocasionarle responsabilidades penales. (Art. 795, Código de Comercio)

-AL MOMENTO de recibir una chequera cuente cada uno de los cheques en presencia del responsable de la entidad y si no está completa, DEVUELVALA.

-PREGUNTE que RESPONSABILIDAD asume la entidad financiera, en el caso del pago de cheques notoriamente falsificados (clonados) y en el caso, de robo o extravío de sus cheques, cuál es su límite de responsabilidad como cliente y el de la entidad.