Central de Riesgos

¿Qué es la Central de Riesgos?

Es un sistema de información que posee la Superintendencia del Sistema Financiero, en el cual se concentran todos los deudores de las entidades fiscalizadas por este organismo, cuyo objetivo es cumplir con el Artículo 61 de la Ley de Bancos, que establece que esta Superintendencia mantendrá un servicio de información de crédito sobre los usuarios de las instituciones integrantes del sistema financiero, con objeto de facilitar a las mismas la evaluación de riesgos de sus operaciones.

En tal sentido, este artículo permite proporcionar información a los integrantes del sistema financiero, con objeto de minimizar sus riesgos y mantener así un sistema financiero más solvente y con un menor nivel de morosidad.

¿Quiénes informan a la Central de Riesgos?

Las entidades que están obligadas a reportar mensualmente sus deudores son las siguientes:

1. Bancos
2. Sociedades de seguros
3. Intermediarios financieros no bancarios
4. Instituciones oficiales de crédito
5. Sociedades de factoraje
6. Sociedades de leasing
7. Sociedades emisoras de tarjetas de crédito
8. Sociedades de garantías recíprocas.

¿Qué informan?

Mediante un procedimiento que se ha creado para la recolección de datos, estas entidades informan a la Central de Riesgos, a todos sus deudores con su correspondiente categoría de riesgo, especificando en detalle lo siguiente:

1. Número de Identificación Tributaria (NIT)
2. Nombre del deudor
3. Todas las referencias crediticias que el deudor posee con la entidad
4. Saldo al mes de referencia de las referencias crediticias
5. Categoría de riesgo asignada por la entidad
6. Fiadores y codeudores
7. Garantías
8. Referencias canceladas

¿Quiénes accesan a la Central de Riesgos?

Por ser esta una información de carácter reservado, solamente pueden acceder las entidades financieras sujetas a la fiscalización de esta Superintendencia, mediante un sistema de consulta de deudores que ha sido instalado en cada una de estas entidades.

¿Quién otorga la calificación a los deudores?

La responsabilidad de calificar y evaluar a los deudores crediticios de acuerdo a la norma que se ha creado para tal fin, es de cada institución financiera, siendo responsabilidad de esta Superintendencia verificar mediante una muestra representativa la correcta aplicación de la norma.

Evaluación de los deudores de parte de la Superintendencia del Sistema Financiero

No es responsabilidad de esta Superintendencia evaluar a los deudores, sino revisar la calificación asignada por cada entidad, tomando como base la norma NCB-022, denominada: “Normas para Clasificar los Activos de Riesgo Crediticio y Constituir las Reserva de Saneamiento”, en la que se establecen los criterios para la evaluación y clasificación de los deudores, puntualizando todas las características de las categorías de riesgo crediticio.

Se consideran aspectos básicos para calificar a un deudor:

1. Capacidad empresarial
2. Responsabilidad
3. Situación económico-financiera
4. Capacidad de pago
5. Factores internos y externos que podrían afectar los resultados económicos de la empresa.

Significado de las categorías de riesgo asignadas a los deudores:

A1: Créditos normales
A2: Créditos normales
B  : Créditos subnormales
C1: Créditos deficientes
C2: Créditos deficientes
D1: Créditos de difícil recuperación
D2: Créditos de difícil recuperación
E  : Créditos irrecuperables.