Consideraciones a tomar cuando Contrate

A. Seguros de vida

ES OBLIGACIÓN de la aseguradora entregarle su póliza cuando se trate de un seguro de vida INDIVIDUAL y tratándose se seguros COLECTIVOS, le deberá entregar un CERTIFICADO INDIVIDUAL de cobertura a cada asegurado; mientras que la póliza global será entregada al contratante del seguro.

ELIJA LA PROTECCIÓN que más le convenga, pues existen diversas modalidades, TEMPORAL, POPULAR y DE EMPRESA; por lo que debe asesorarse con su agente de seguros. (Art. 1487, 1493 y 1494, Código de Comercio)

RECUERDE que la suma asegurada para sus beneficiarios puede ser entregada a ellos en un solo pago o cuotas.

EXISTEN restricciones aplicables al PAGO de la indemnización, como lo es el suicidio, si sucede después de dos años de la celebración o rehabilitación del contrato (Art. 1490, Código de Comercio) o en el caso de falsedad de información, sin dolo o culpa grave de su parte, en donde estará obligado a ponerlo en conocimiento del asegurador, tan pronto como advierta esta circunstancia, (Art. 1371, Código de Comercio)

SI USTED DESIGNA como beneficiario a su cónyuge o a sus descendientes, los DERECHOS derivados de la designación de beneficiario y el del aseguramiento, NO podrán ser EMBARGADOS ni ejecutados por concurso o quiebra del asegurado. (Art. 1471 Código de Comercio)

B. Seguro de gastos médicos

POR LO GENERAL las aseguradoras establecen un convenio Médico Hospitalario (Red Médica) con proveedores (médicos, hospitales, laboratorios y farmacias) y proporcionan beneficios tales como, créditos en los hospitales, descuentos con proveedores, reembolso de los pagos realizados en la consulta médica externa.

EN CASO DE URGENCIAS que amerite atención inmediata acuda a los hospitales de la red y de aviso a la aseguradora a los teléfonos que le han indicado.

RECUERDE que la PRE-EXISTENCIA de enfermedad es un padecimiento cuyos síntomas o signos se manifestaron antes del inicio de la cobertura del seguro y por lo tanto, no son cubiertas, pues se trata de enfermedades crónicas o graves que ya existen en el momento de la contratación.

RECUERDE que usted participa con la aseguradora en los gastos de sus enfermedades, pues por cada reclamo que usted presenta, le descuentan una cantidad fija de dinero llamada DEDUCIBLE y al saldo del reclamo, le aplican un COASEGURO que es otra cantidad de dinero que usted también debe pagar.

USTED TIENE DERECHO a que su historial médico sea tratado con absoluta confidencialidad.

C. Seguro de daños

ES IMPORTANTE que usted VERIFIQUE los datos de su automóvil contenidos en la carátula de la póliza para evitar problemas a futuro al presentar algún reclamo.

RECUERDE que la aseguradora puede NEGARSE a efectuar el pago de la cobertura contratada debido al uso inadecuado de la misma, tal como, la falta de licencia del conductor, al hecho de que éste conduzca en estado de ebriedad o bajo el efecto de una droga y que el accidente lo origine alguna persona que no está autorizada para manejar el vehículo.

Al ocurrirle un accidente con su vehículo DEBERÁ: Llamar inmediatamente al teléfono de la aseguradora e indicar la ubicación exacta del accidente. No hacer tratos personales con nadie, deje que el representante de la aseguradora se haga cargo del siniestro.

VERIFIQUE cuál es el criterio de la aseguradora para definir entre una pérdida PARCIAL (reparación o pago del daño) o TOTAL ( pago del valor del vehículo siniestrado).